Procedimiento laboral

Audiencia de conciliación / Unión transitoria de empresas: naturaleza jurídica / Notificación individual a las sociedades que la conforman: improcedencia / Primacía de la realidad /

Las U.T.E. no son personas jurídicas, aunque tienen un domicilio especial a los efectos que deriven del contrato de la unión transitoria. Su particular naturaleza y la ausencia de un ente diferente al de sus miembros permiten deducir que el representante del contrato de colaboración con poder de sus miembros que concurrió a la audiencia de conciliación, ejercit&o...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Cuervo Costa, Natalia S. c/ Almirante Guillermo Brown S.R.L. sita S.R.L. El Práctico S.A. UTE

Revista Nro: 115
Nro Página: 274

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