Prejudicialidad

Prejudicialidad penal / Excesiva dilación del proceso penal /

El art. 1101 C.C. no exige que se suspenda el desarrollo del proceso donde se debate la acción civil, sino sólo que no se dicte sentencia en aquél hasta tanto haya recaído pronunciamiento definitivo en sede penal. En función de ello, la prejudicialidad declarada en oportunidad de solicitarse la clausura de la etapa probatoria y autos para alegar, resulta prematura. El art. 75 inc. 22 C.N., con...
Tribunal: Cámara Federal, Sala B
Autos: Moreno, Miriam c/ E.N.A. (Ministerio de Economía)

Revista Nro: 115
Nro Página: 243

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