Perención de la instancia

Control de constitucionalidad de oficio / Improcedencia de la declaración de inconstitucionalidad de una norma cuya aplicación dispuso previamente / Actos propios /

Sobre la declaración oficiosa de inconstitucionalidad realizada por la a quo cabe señalar que más allá de la facultad que puedan tener los magistrados, como de la prudencia que debe imperar para realizar el control constitucional de oficio, en el sub judice, el tribunal, a pedido de la tercerista, ordenó la aplicación de la disposición contenida en ...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.,
Autos: Consorcio de Propietarios Edificio Galería 9 de Julio c/ Magallanes, Juan Antonio

Revista Nro: 115
Nro Página: 243

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