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Régimen especial de distribución de honorarios de los agentes fiscales / Facultad de la AFIP / Relación de empleo público: alcance /

El régimen especial de distribución de honorarios de los agentes fiscales de la AFIP, impide considerar los honorarios como de ?exclusiva? propiedad de los agentes fiscales, puesto que ab initio se ha reconocido en la AFIP, la facultad de su distribución, que tiene fuente legal en el art. 98 ley 11.683, y art. 6° ley 24.241. En los casos en que una repartición del Estado designe a uno de sus agent...
Tribunal: Cámara Federal, Sala A
Autos: Mosquera, Alfonso Fernando y otros c/ AFIP

Revista Nro: 117
Nro Página: 343

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