Representación procesal

Contestación de demanda / Silencio del accionado: efectos /

Si bien -en principio- el silencio no constituye una manifestación de voluntad, cuando la ley impone el deber de pronunciarse, la falta de expresión autoriza la aplicación de la presunción de que se presta asentimiento.\nDicha carga surge de la norma contenida en el art. 192 C.P.C.C., que determina la obligación del demandado de confesar o negar categórica...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Transporte Morresi Cargas Cor S.A. c/ Luis Calderón o Transporte Luis Calderón

Revista Nro: 119
Nro Página: 218

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