Accidente de tránsito

Conductor y peatón imprudentes / Culpa concurrente /

No se puede eximir el demandado de la responsabilidad objetiva que resulta del art. 1113 C.C. si las dos partes protagonistas del accidente se encontraban alcoholizados, resultando peligrosos; por ello, conforme con las conductas desplegadas, se debe declarar la culpa concurrente por partes iguales....
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Guzmán Sevillano, Antonio c/ Sánchez, José María y otros

Revista Nro: 106
Nro Página: 212

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