Costas

Acreedor tardío / Condiciones de imposición / Distribución por su orden /

La doctrina y la jurisprudencia mayoritaria han adoptado como principio rector que el acreedor tardío que no justifique con serios motivos la razón de su tardanza en la insinuación deba soportar las costas de la incidencia aun cuando obtenga el reconocimiento de ingreso de su crédito al pasivo concursal. Sin embargo, tal regla genérica, reconoce excepciones que t...
Tribunal: Cámara C. y C. de Villa María
Autos: Sud S.R.L.

Revista Nro: 121
Nro Página: 278

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