Accidente de tránsito

Relación de causalidad / Carga de la prueba /

Como regla general en materia de responsabilidad civil por daños, el onus probandi de la relación causal adecuada incumbe al actor. Es decir que los accionantes deben demostrar que el hecho fue una condición sine qua non del perjuicio y que normalmente debía producirlo (art. 901 C.C.) o sea que existió una relación causal adecuada entre el acto positivo o negativo y el perjuicio. En nuestro si...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Monjes, Jorge Horacio y otro c/ Haedo, Héctor Roque

Revista Nro: 121
Nro Página: 269

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