Proceso contencioso administrativo

Habilitación de instancia /

En virtud del art. 11 C.P.C.A., la Cámara Contencioso Administrativa, antes de dar trámite a una demanda, debe establecer de oficio si el asunto corresponde a esta jurisdicción, pero la habilitación que se dispone en esta primera etapa del proceso no es aún concluyente, toda vez que existe la posibilidad de que la demandada articule excepciones de previo y especi...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Karanicolas, Manuel c/ Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados

Revista Nro: 104
Nro Página: 222

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