Propiedad horizontal

Cosas comunes de uso exclusivo / Responsabilidad del consorcista /

El mantenimiento de las cosas comunes de uso exclusivo, en el caso de la limpieza de la terraza evitando la obturación de la rejilla, corresponde al propietario, por lo que resulta razonable que los daños producidos por sus descuidos sean a cargo del propietario en donde se encuentre ubicado ese bien común de uso exclusivo, sin perjuicio de la acción ulterior a que se c...
Tribunal: Cámara 5° C. y C.
Autos: Yáñez, Alicia Nélida c/ Ramonda Stella Mary

Revista Nro: 104
Nro Página: 206

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