Pagaré

Integración del título /

El art.101 inc. 5 del decr. ley 5965/63 especifica que el pagaré debe contener “El nombre de aquel al cual, o a cuya orden, debe efectuarse el pago” y seguidamente el art. 102 dispone que al título al cual le faltare alguno de los requisitos indicados en el artículo precedente no es válido como pagaré, no incluyendo la omisión del nombre del beneficiario entre los supuestos de excepción previstos ...
Tribunal: Cámara 1° C.C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Basilico, José Ermete c/ Norberto L. Podversich

Revista Nro: 104
Nro Página: 205

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