Título ejecutivo

Certificado de saldo deudor en cuenta corriente bancaria / Ejecutividad del título /

El certificado de saldo deudor de cuenta corriente bancaria requiere para ser válido como título ejecutivo, que reúna las exigencias que prevé el párrafo tercero del art. 793 C.Com. (párrafo incorporado por art. 2º decr. ley 15.354/1946), es decir, que sea otorgado con la firma conjunta del gerente y contador del banco. \nEl art. 793 C.Com. regula en sus d...
Tribunal: Cámara Federal, Sala A
Autos: Banco de la Nación Argentina c/ Lescano de Accietto, Cristina Beatriz y otros

Revista Nro: 104
Nro Página: 202

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