Costas
Vencimientos mutuos / Distribución prudencial de las costas /La distribución ?prudencial? que dispone el art.132 C.P.C.C. no es necesariamente la que se ajusta a las proporciones matemáticas que existen entre el importe demandado y el de la sentencia, sino que ha de contemplar otros elementos no numéricos y principalmente el valor justicia, cuyo afianzamiento es uno de los objetivos fundamentales de nuestro orden constitucional....
Tribunal: Cámara 3° C. y C.
Autos: Pérez, Dora Elena c/ Faceta, Analía
Revista Nro: 104
Nro Página: 199