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Juicio ejecutivo en el que no se opuso excepción / Mínimo legal / /

La naturaleza del giro utilizado por el art. 34 C.A.: “tramitación total en primera instancia”, significa la conclusión del segmento procesal que se inició con una demanda y terminó con una sentencia (del voto del Dr. Andruet). La existencia o no de excepciones no modifica el carácter de haberse tramitado totalmente el juicio ejecutivo (del voto del Dr. Andruet). Si ha recaído sentencia que ...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Asociación Mutual Empleados de la Policía de Córdoba c/ Gómez, Julio

Revista Nro: 104
Nro Página: 132

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