Restitución internacional de menores

Procedencia. / Residencia habitual. / Valoración del informe psicológico /

Sostuvo la jueza que la solicitud iniciada, se limita a determinar si procede la restitución de la menor I.R.M. al lugar que habría sido el de su residencia habitual. Es por ello que resultan ajenas a la presente cuestión los temas de fondo, tales como tenencia y guarda. \nLa jueza, al referirse a ?residencia habitual? sostuvo que debe entenderse por tal, el centro de vida de ...
Tribunal: Juzgado de Familia de 3° Nominación
Autos: R.B.F.H. c/ C.L.M.A.

Revista Nro: 103
Nro Página: 223

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