Excepciones procesales

De falta de personería. / Rechazo /

Es sabido que la falta de personería es la defensa que debe interponerse cuando en un proceso el que actúa como actor o demandado carece de legitimatio ad processum que es la aptitud o idoneidad para actuar en él en el ejercicio de un derecho propio o en representación de otro. Cuando falta esa aptitud puede plantearse la excepción de falta de personería. ...
Tribunal: Juzgado de Familia de 3° Nominación
Autos: Sucesores de J.R.D.G. c/ L.N.S.

Revista Nro: 103
Nro Página: 206

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