Desalojo
Casos en que procede el juicio / / /El juicio de desalojo procede en todos los supuestos que el Código Civil contempla en su art. 2462, entre ellos, en el caso del comodatario obligado a restituir a su dueño la cosa que le fuera prestada, sea por expiración del plazo concertado entre las partes o a causa del simple requerimiento del comodante cuando nada se convino sobre la duración del comodato....
Tribunal: Cámara 1° C. C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Birri, Liliana María c/ Oscar Gómez
Revista Nro: 103
Nro Página: 173