Sociedades
Convocatoria a asamblea / Prueba de su notificación /Si la convocatoria a asamblea ha sido practicada con la anticipación legalmente prevista, quien debe aportar las pruebas de que lo fue en forma correcta, es la sociedad convocante, principio que es de aplicación a cualquier clase de notificación. Es a cargo de quien la practica, el probar la fecha en que la notificación fue realizada. El que notifica es quien tiene los ...
Tribunal: Cámara 1° C.C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Sanatorio Huinca S.R.L. c/ José Nicolás Gómez y otros
Revista Nro: 102
Nro Página: 300