Perención de instancia

Interposición del recurso de apelación / Carga del impulso al apelante /

La carga del impulso del proceso luego de articulada la apelación corresponde al apelante, con mayor razón cuando fue anoticiado de la concesión del recurso mediante la cédula que le enviara la parte actora.\nSi la parte sabía que el remedio que había interpuesto fue concedido, debió -con la diligencia que exige la naturaleza de la obligación...
Tribunal: Cámara 1° C. y C.
Autos: Fernández, Luis Alberto c/ Pérez, Verónica del Valle y otros

Revista Nro: 102
Nro Página: 288

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