Recurso de casación

Discrepancia en la interpretación de la ley / Errores in cogitando / Ostensible apartamiento del derecho / Inobservancia de las reglas del pensamiento /

La discrepancia del justiciable con el criterio jurídico de los tribunales de alzada, en torno de la hermenéutica de normas sustanciales, en principio, sólo puede invocarse como causal de casación, acompañando resoluciones dictadas por otras cámaras o por el T.S.J., que interpreten la misma regla de derecho implicada en el caso, de la manera en que favorece al impugnante (art. 383, incs. 3 y 4). L...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Tercería de mejor derecho del Bco. de Los Arroyos Coop. Ltda. en autos: Consorcio de Propietarios de Edificio Morzuki c/ Alberto Manuel Vázquez

Revista Nro: 102
Nro Página: 192

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