Novación

Diferencia sustancial entre las obligaciones /

Para que haya novación es indispensable que exista una diferencia sustancial entre la primera y la segunda obligación, pues si no hubiese cambio alguno, sólo se trataría del reconocimiento de la deuda existente y no de la constitución de una nueva obligación que no se confunde con la anterior....
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Ames, José Fernando c/ Aldo Amado Rearte y otros

Revista Nro: 101
Nro Página: 283

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