Inconstitucionalidad

Identidades y diferencias entre las vías directa e indirecta /

Ambas persiguen asegurar el primado de la Constitución; sin embargo, responden a alternativas procesales y situaciones diferentes. En la vía indirecta el derecho del impugnante ya ha sido afectado por una violación consumada. En la vía directa, en cambio, no se ha consumado aún ninguna violación, mediando solo una amenaza a una potencial relación jurídica...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Armanini, Gonzalo Alexis c/ Provincia de Córdoba - Acción declarativa de inconstitucionalidad

Revista Nro: 201
Nro Página: 290

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