Inconstitucionalidad
Vía directa /En la vía directa, la cuestión constitucional, en toda su pureza y autonomía, es el objeto central de la acción y, en el caso de ser admitida, el proceso debe concluir con una declaración que despeje la incertidumbre sobra la compatibilidad (o no) de la norma en cuestión con el bloque de constitucionalidad y de convencionalidad federal y provincial....
Tribunal: T.S.J., Sala Electoral y de competencia originaria
Autos: Armanini, Gonzalo Alexis c/ Provincia de Córdoba - Acción declarativa de inconstitucionalidad
Revista Nro: 201
Nro Página: 290