Plazos procesales

Art. 176 CPCC / Plazo fatal /

Aun cuando hubiera correspondido emplazar al demandado para subsanar el defecto de la demanda en los términos del art. 188, inc. 3, CPCC, el interesado no reclamó la modificación de la prevención dispuesta por lo cual la aplicación de la última parte del art. 176 CPCC deviene incuestionable al gozar de inmutabilidad la resolución dictada con anterioridad. Efectuado el emplazamiento en los términos...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Lomónaco, Sergio Alejandro c/ Tapia, Roque Cervando - Ordinario - Otros

Revista Nro: 201
Nro Página: 267

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