Servidumbre
Daño / Prueba /El daño es un elemento constitutivo de la acción resarcitoria, por lo que su demostración incumbe al demandante. El derecho de daños debe desenvolverse con una visión realista en su plataforma sustancial y en su realización procesal, por lo cual no procede condenar a resarcir un daño cuando no se presenta la probabilidad y verosimilitud de su existencia. La deficiencia o no probanza del daño gravi...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Guevara Minuzzi, Daniel Horacio y otro c/ Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) - Ordinario
Revista Nro: 203
Nro Página: 276