Beneficio de litigar sin gastos

Trámite incidental / Perención de instancia / Plazo aplicable /

El beneficio de litigar sin gastos es un incidente y, como tal, perime a los seis meses, conforme con lo dispuesto por el art. 339, inc. 2, C.P.C.C..\nEl art. 101 C.P.C.C. prescribe que el «beneficio» puede ser solicitado antes de presentar la demanda o en cualquier estado del proceso, lo que significa que depende de la existencia o de la próxima iniciación de un juicio principal. Y ...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Marinaro, José Antonio - Lo Cascio, José Antonio

Revista Nro: 101
Nro Página: 268

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