Acción declarativa de inconstitucionalidad

Control de constitucionalidad / Acción preventiva / Vía indirecta / Identidades y diferencias. Requisitos. Oportunidad para su planteo. Inadmisibilidad. /

En la provincia, el sistema procesal constitucional combina la posibilidad de que el control de constitucionalidad sea ejercido en forma concentrada (con carácter preventivo y declarativo) por el T.S.J. en competencia exclusiva y originaria; y de forma difusa (por vía indirecta o incidental), por el resto de los tribunales. En la acción preventiva, el control de constitucionalidad se realiza en...
Tribunal: T.S.J., Sala Electoral y de competencia originaria
Autos: Armanini, Gonzalo Alexis c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 200
Nro Página: 360

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase