Juicio ejecutivo

Inembargabilidad de fondos públicos / Adhesión municipal al régimen de emergencia / Caducidad /

Habiendo culminado el período de excepcionalidad por el que estaba regulada la emergencia y la adhesión a la norma nacional que disponía la inembargabilidad de fondos públicos, resulta ahora inaplicable en el sub lite el plexo cuya revisión constitucional se pretendía a través de la vía incoada. En consecuencia, el crédito del actor no está sujeto a régimen emergencial alguno, por cuanto éste perd...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Aráoz, Carlos Marcelo c/ Municipalidad de Córdoba

Revista Nro: 196
Nro Página: 302

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase