Obligación de seguridad
Responsabilidad de establecimientos comerciales / Concepto / Ley de defensa al consumidor /La obligación de seguridad es aquella que impone al proveedor el deber de preservar la indemnidad de la persona y bienes de los consumidores y usuarios en la relación.
Si se produjera una lesión a un consumidor en un centro comercial, el incumplimiento de la obligación de seguridad, concomitante con el principio alterum non ladere que fundamenta la responsabilidad aquiliana, se expresa en una l...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Bertini, Susana Rafaela c/ Supermercados Libertad S.A.
Revista Nro: 191
Nro Página: 219