Ministerio pupilar

Demanda: intervención de la asesora letrada /

La intervención de la asesora letrada está circunscripta al art. 113, inc. 3 a, C.P.C.C. y en dicha dirección el imperativo procesal le exige responder sin admitir ni negar los hechos expuestos en la demanda, razón por la cual no se le puede otorgar otro alcance que el expresamente autorizado por la ley. La negativa o no de la asesora letrada es irrelevante en tanto su actuación tiene los franc...
Tribunal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María
Autos: Aguila, Juan Carlos c/ García Transporte S.R.L.

Revista Nro: 191
Nro Página: 219

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