Contrabando

Acción típica / Bien jurídico protegido / Bien jurídico protegido / Tipo subjetivo /

El delito de contrabando (art. 863 Código Aduanero) excede el mero supuesto de la defraudación fiscal, pues lo determinante para la punición es que se tienda a frustrar el adecuado ejercicio de las facultades legales de las aduanas, que tanto las tienen para lograr la recaudación de los gravámenes como para velar por la correcta ejecución de las normas que estructuran el ordenamiento económico nac...
Tribunal: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2,
Autos: Di Fiori, Alejandro y otros p.ss.aa. contrabando art. 864 inc. “b” del C.A.

Revista Nro: 190
Nro Página: 249

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