Pagaré
Orden público / Declaración de nulidad /El carácter de orden público de la normativa consumeril no conlleva necesariamente a la nulidad absoluta de los actos realizados en su violación, sino que debe ponderarse en el caso cuál es el interés público o privado vulnerado, previa invocación del interesado, ni habilita a accionar de oficio, sino que incumbe al destinatario de la tutela invocar el vicio o defecto y ejercer la acción o defensa...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Banco COMAFI S.A. c/ Rodríguez
Revista Nro: 189
Nro Página: 203