Internación

Restricciones a la capacidad / Intervención del Ministerio Público / Alcance / Normas aplicables /

En materia de internación involuntaria de la persona, el art. 103 C.C. y C., determina que el ámbito de actuación del Ministerio Pupilar es mayor que en el Código de Vélez, hoy derogado. La norma no dice que el Ministerio Público debe intervenir recién cuando resulta internada la persona, sino que indica que en todos los procesos en que se encuentren en juego los intereses de una persona con capac...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: J., B.J. - Amparo - Cuerpo de copia

Revista Nro: 187
Nro Página: 208

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