Tratados internacionales
Interpretación /Los tratados internacionales deben ser interpretados de acuerdo a los arts. 31 y 32 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969 –aprobada por ley 19.865–. Estos consagran el principio de la buena fe, conforme al criterio corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de éste.
Las convenciones de Berna de 1886 y de Ginebra de 1952 no estatuyen un...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Pellicori, Oscar y otros s/ Denuncia por defraudación
Revista Nro: 44
Nro Página: 105