Embargo
Privilegio de primer embargante /La reforma contenida en la ley 8465, clarifica el punto disponiendo la retención y depósito «en caso de haberse deducido tercería de mejor derecho» (art. 593) de donde resulta que la articulación de ésta (la tercería) es condición de la reserva de fondos.
El informe del Registro General que da cuenta de los embargos que gravan el inmueble subastado, no implica el ejercicio de una pretensión por...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: José Huespe e Hijos S.A.I.C. c/ Mirna Rita Lamberti
Revista Nro: 52
Nro Página: 143