Perención de instancia
Sentencia no notificada / Suspensión del plazo /Resulta innecesario resolver la cuestión en los términos en que fuera debatida por las partes, esto es precisando si la sentencia no notificada agota o no la instancia y, en consecuencia, habilita o no el ulterior pedido de caducidad, puesto que el plazo legal no ha vencido sencillamente porque se encuentra suspendido, por aplicación del art. 342, inc. 3, C.P.C..
Teniendo especialmente en cuent...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: José Huespe e Hijos S.A.I.C. c/ Mirna Rita Lamberti
Revista Nro: 55
Nro Página: 140