Perención de instancia

Sentencia no notificada / Suspensión del plazo /

Resulta innecesario resolver la cuestión en los términos en que fuera debatida por las partes, esto es precisando si la sentencia no notificada agota o no la instancia y, en consecuencia, habilita o no el ulterior pedido de caducidad, puesto que el plazo legal no ha vencido sencillamente porque se encuentra suspendido, por aplicación del art. 342, inc. 3, C.P.C.. Teniendo especialmente en cuent...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: José Huespe e Hijos S.A.I.C. c/ Mirna Rita Lamberti

Revista Nro: 55
Nro Página: 140

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