Derecho de propiedad
Derechos incorporados al patrimonio / Menoscabo del derecho de propiedad /Perfeccionado un acto jurídico, las partes incorporan a sus respectivos patrimonios los derechos emergentes de aquél y estos derechos, cualquiera sea su naturaleza, en la medida en que tengan un valor económico, se encuentran amparados por el art. 17 C.N. con la garantía de inviolabilidad del derecho de propiedad que, en definitiva, lo que tutela es la integridad del pa...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Guerra, Carlos Aníbal Mario c/ Trejo, Silvia Agustina y otro
Revista Nro: 99
Nro Página: 314