Ley penal más benigna
Ultractividad de la ley más benigna / Robo calificado de automotor / Vehículo estacionado en la vía pública / Sucesión de leyes en el tiempo /Por el principio de la ley penal más benigna (art. 2º C.P.), corresponde aplicar el art. 164 C.P., a quien robó un auto estacionado en la vía pública, mientras se hallaba vigente el decreto ley sobre automotores. Ello es así desde que la ley 24.721 que lo derogara, es más grave según surge del art. 167, inc. 4, en función del art. 163, inc. 6, que prevé como agravante del hurto y del robo, el habe...
Tribunal: Cámara 8va en lo Criminal
Autos: Pérez, Andrés Manuel y otro p.ss.aa. estafa
Revista Nro: 40
Nro Página: 143