Prejudicialidad

Prohibición / Excepción a la prohibición /

La prohibición contenida en el art. 1101 C.C. no es absoluta, aquélla cede cuando la suspensión -hasta tanto recaiga pronunciamiento en sede penal- determina, una dilación indefinida en el trámite y decisión del juicio civil, que ocasiona agravio a la garantía constitucional del derecho de defensa y produce una denegación de justicia....
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Zacarías, Claudio H. c/ Córdoba, Provincia de y otros s/ sumario -Originario

Revista Nro: 50
Nro Página: 151

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase