Medidas autosatisfactivas

Diferencia con procesos de conocimiento /

El foco objeto del debate es diverso según se trate de un proceso tutelar o de uno de conocimiento pleno; en el autosatisfactivo habrá de analizarse la situación fáctica esgrimida y la viabilidad de la urgente solución impetrada, para lo cual el derecho en que se sustenta se analiza como un recaudo para proveerla, mientras que en un proceso de conocimiento el debate habrá de centrarse en la existe...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Pardo, Aldo Félix y otros c/ Jockey Club Río Cuarto

Revista Nro: 183
Nro Página: 209

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