Perención de instancia
Decreto de autos sin notificar / Suspensión del cómputo del plaz / Imposibilidad de impulsar el procedimiento. / Renuncia del procurador /La circunstancia de que en el expediente se hubiese dictado el decreto de autos, no empece a la procedencia de la perención. La firmeza de éste queda condicionada a su previa notificación, de modo que sigue gravitando la carga de impulsar el proceso en cabeza del recurrente. Recién una vez que se verificara ese acto aún faltante, el expediente pasaría a estudio efectivo de la sala, cesando la carg...
Tribunal: T.S.J. en pleno, (Sala Civil y Comercial),
Autos: Banco Hipotecario S.A. c/ Traverso, José León y otro
Revista Nro: 123
Nro Página: 189