Defensa del consumidor

Prórroga de la competencia. / Cláusula abusiva /

La normativa sustancial de defensa del consumidor establece para los supuestos de operaciones financieras para consumo y las de crédito para el consumo la competencia territorial el lugar del domicilio real del consumidor, siendo nulo cualquier pacto en contrario. Las reglas generales de competencia establecidas en el ordenamiento procesal son subsidiarias respecto de lo que determina la regula...
Tribunal: T,S,J, Sala Civil y Comercial
Autos: Banco Hipotecario S.A. c/ Aguirre, María Celia y otra

Revista Nro: 157
Nro Página: 185

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase