Servicio público
Servicio de energía eléctrica / E.P.E.C. / Daños ocasionados por sobretensión eléctrica /El reclamo formulado por la demandada, quema de artefactos por sobretensión eléctrica, engasta en lo disciplinado por el art. 1113, 2ª parte, 2º párr., C.C.; es decir, le correspondía a la accionada demostrar las eximentes de responsabilidad a fin de que no se le atribuyera esta última, lo que no se verificó. En efecto, la misma prueba que la demandada recurrente peticiona se tome en cuenta para d...
Tribunal: Cámara 4ª C. y C.
Autos: Roatta Urbani, Luis c/ E.P.E.C. (Empresa Provincial de Energía de Córdoba
Revista Nro: 160
Nro Página: 175