Libertad de expresión
Alcance. / Equilibrio con la protección al honor / Reproducción de dichos de otros / Necesidad de invocar la fuente y que coincidan con lo manifestado por aquélla para eximirse de responsabilidad /La Corte Suprema ha desarrollado una doctrina según la cual, en determinadas condiciones, la reproducción de los dichos de otro, no trae aparejada responsabilidad civil ni penal. Es preciso que se haya atribuido el contenido de la información a la fuente pertinente y se haya efectuado, además, una transcripción sustancialmente fiel a lo manifestado por aquélla (del voto de los Dres. Lorenzetti, Pe...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Irigoyen, Juan Carlos Hipólito c/ Fundación Wallenberg y otro s/ daños y perjuicios
Revista Nro: 176
Nro Página: 99