Responsabilidad civil
Cosa riesgosa / Responsabilidad objetiva /El agua -objeto con el que se causa un perjuicio- en condiciones de desmadre, es una cosa peligrosa. Es una de las cosas riesgosas a las que alude el art. 1113 C.C.. Dicho precepto contiene una atribución objetiva de responsabilidad civil, de la que sólo puede eximirse el propietario o guardián de la cosa que ocasiona el perjuicio, demostrando la culpa de la víctima o d...
Tribunal: Cámara 4ª C. y C.
Autos: Larrey, Mirta G. c/ Mónica B. López Montes
Revista Nro: 99
Nro Página: 304