Recurso extraordinario
Gómez de Fatechi c/ Cuello /La competencia de la Sala para juzgar la admisibilidad del recurso extraordinario, está limitada a las cuestiones efectivamente resueltas en la instancia de revisión. Respecto a las demás materias no juzgadas en esa instancia, la impugnación debe proponerse ante el Tribunal que dictó la sentencia respectiva, esto es, ante la Cámara de Apelaciones....
Tribunal: T.S.J., Sala Civil
Autos: Gómez de Fatechi c/ Cuello
Revista Nro: 3
Nro Página: 136