Notificaciones
Retiro del expediente / Alcance /El retiro del expediente, realizado por la parte, su apoderado o letrado patrocinante, en los casos autorizados por los arts. 103 y 104 del C. de P.C., produce la notificación personal de «todo lo actuado», vale decir, el efectivo conocimiento de las providencias o resoluciones recaídas en el proceso, de suerte que suple, respecto de ellas, cualquier otra forma de comunicación exigida por la ley. ...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil
Autos: Chitarrini, Norberto Adolfo c/ Daniel Castiñeira S.R.L. y otro
Revista Nro: 3
Nro Página: 135