Inhabilidad de titulo
Facultad de declararla de oficio /La facultad, que indudablemente tienen los Tribunales, de repeler de oficio la ejecución, requiere que la inhabilidad del título sea ostensible, de modo que no puede ser utilizada cuando la comprobación del defecto depende de una investigación de hecho que los jueces no pueden emprender ex officio, en cuyo caso no cabe declararla sin una excepción del ejecutado.
Cuando la inhabilidad del título e...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil
Autos: Nuevo Banco Santurce S.A. c/ Miguel Angel Vargas Bernis
Revista Nro: 6
Nro Página: 154