Daños y perjuicios

Daño emergente / Reparación antieconómica /

- El perjudicado por un ilícito tiene derecho a que se le indemnice pecuniariamente (art. 1083 C. Civ.), lo que implica volver al estado original su patrimonio en la medida en que éste se haya visto afectado por el hecho dañoso, pero importaría un abuso del derecho (art. 1071 C. Civ.) actuar de manera que resulte agravada la responsabilidad económica del deudor. - Tal supuesto se configura cuando...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Hidalgo, Segundo F. c/ Jerónimo E. Oyola y otro

Revista Nro: 9
Nro Página: 100

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