Simulació

Licitud / Exigibilidad del contradocumento / Indicios. /

1. En la hipótesis de simulación relativa subjetiva son partes in genere tres personas: el contratante ostensible, el prestanombre y el contratante oculto, con la particularidad de que el negocio real vincula solamente al primero con el tercero. 2. En el acuerdo simulatorio -o acuerdo para llevar a cabo la simulación- son partes el contratante ostensible, el prestanombre y el contratante oculto. ...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C
Autos: Brizzio, Rubén Ernesto c/ Ramón Ernesto Peralta. Acción de simulación

Revista Nro: 11
Nro Página: 123

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